RESOLUCIÓN DE TERMINACIÓN UNILATERAL DEL CONTRATO DE SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA No. 106-2023, PARA LA ADQUISICIÓN DE INSUMOS QUÍMICOS POLICLORURO DE ALUMINIO, HIDRÓXIDO DE CALCIO PARA EL TRATAMIENTO DE LIXIVIADOS EN EL RELLENO SANITARIO
ART. 1.- Declarar la terminación unilateral del contrato N° 106-2023, suscrito el 18 de octubre de 2023, entre el GADMLA y la contratista señora Cindy Elizabeth Batallas González…….
ART. 2.- Declarar a la señora Cindy Elizabeth Batallas González, con RUC: Nro. 1721741682001, como CONTRATISTA INCUMPLIDO en atención a la terminación anticipada y unilateral del contrato No.- 106- 2023, con el código SIE-GADMLA-2023-042 ……
ART. 3.- Disponer a Secretaria General, solicitar al Servicio Nacional de Contratación Pública, SERCOP, proceda a suspender en el RUP , incluir y registrar en el Registro de Incumplidos a la señora Cindy Elizabeth Batallas González…….
ART. 4.- Disponer a Secretaria General, que se proceda a notificar en físico y digital, a través del correo Institucional y Quipux, el contenido de la presente Resolución de Terminación Unilateral……
ART. 5.- Disponer al Subdirector de la Tecnología de la Información y Comunicación, publique la presente Resolución en la página web de la Institución, de conformidad a lo previsto en el Art. 98 de la LOSNCP; y,
ART. 6.- Disponer a la Dirección Financiera para que conjuntamente con la administradora del contrato establezcan la liquidación técnica, financiera y contable, de plazos, avance físico, multas y demás información técnica……
ART. 7.- Una vez habiéndose cumplido con el proceso legal administrativo y no habiendo impedimento legal, y una vez declarada la terminación unilateral volver a contratar inmediatamente…..
ART. 8.- La presente Resolución de Terminación Unilateral entrará en vigencia a partir de la fecha de su expedición |